¿La Argentina adopta el Manifiesto Comunista?

Por Alberto Benegas Lynch (h). Publicado el 26/7/22 en: https://www.lanacion.com.ar/opinion/la-argentina-adopta-el-manifiesto-comunista-nid26072022/

Retenciones, impuestos distorsivos, cuestionamientos a la herencia; debemos preguntarnos cómo es posible, con estos lineamientos de espíritu totalitario, que pretendamos ser parte de la sociedad libre

Karl Marx: Foto de John Jabez Edwin Mayal - International Institute of Social History,

Karl Marx: Foto de John Jabez Edwin Mayal – International Institute of Social History,

Resulta por lo menos llamativo que en nombre de la sociedad libre se adopten las recomendaciones del espíritu totalitario. En este sentido es de interés repasar los diez puntos que Marx y Engels aconsejaron aplicar en 1848 al efecto de hacer estallar al capitalismo, en cuyo contexto escriben en el documento de marras que “pueden sin duda los comunistas resumir toda su teoría en esta sola expresión: abolición de la propiedad privada”.

Veamos los diez puntos. Primero, reformas agrarias de diversa naturaleza al efecto de que el aparato estatal se establezca como árbitro de su uso y disposición (“apropiación nacional de la tierra y aplicación de la renta a las necesidades del Estado”, reza este primer punto). Como es sabido hay solo dos maneras de decidir acerca del empleo de la tierra, vía el proceso de mercado, en el que se asigna ese recurso fundamental en concordancia con lo que reclaman los consumidores, o a través de la imposición del gobierno basada en criterios políticos. El propietario que decide inexplotar lo que debiera explotar o explotar aquello que no es rentable tiene sus días contados como empresario rural. Las mal llamadas retenciones son una confiscación al campo, mal llamadas puesto que una retención indica un monto que será circunstancialmente retenido y luego devuelto, lo cual no ocurre, por tanto se trata de un impuesto más que, entre otras cosas, vulnera el principio de la igualdad ante la ley.

Segundo, “un gran impuesto progresivo”. En materia fiscal hay dos formas de gravar: la proporcionalidad y la progresividad. Lo primero significa que todos se hacen cargo de la misma tasa o alícuota y, desde luego, el que manifiesta mayor capacidad de pago abona más en valores absolutos que el de menor capacidad de pago. Sin embargo, la progresividad se traduce en que la tasa o alícuota crece a medida que crece el objeto imponible. Esto se traduce en cuatro efectos centrales: primero, obstaculiza la necesaria movilidad social, puesto que a los que vienen ascendiendo en la pirámide patrimonial se los castiga más que proporcionalmente, lo cual no permite que los que están en el vértice y no sirven a los intereses de su prójimo bajen con la rapidez necesaria y, como queda dicho, los que vienen ascendiendo desde la base suban con la rapidez necesaria. El impuesto progresivo también altera las posiciones patrimoniales relativas, es decir, el consumidor al comprar o abstenerse de hacerlo va estableciendo ciertas posiciones patrimoniales, lo cual es contradicho con el impuesto progresivo, al contrario de la proporcionalidad que deja las posiciones relativas inalteradas. El impuesto progresivo es regresivo puesto que recae especialmente sobre los más vulnerables, ya que las tasas de inversión que generan los más pudientes se ven reducidas por la progresividad, lo cual contrae salarios e ingresos en términos reales, ya que las tasas de capitalización constituyen la única causa de mayores salarios. Por último, la progresividad es un castigo progresivo a la eficiencia, se declama que se debe ser más eficiente para producir y cuando esto ocurre se pena la eficiencia.

Tercero, “suspensión de la herencia”. Hay una metáfora tomada del deporte que dice que los participantes en una carrera de cien metros llanos deben partir en las mismas condiciones y que el esfuerzo de cada cual se vea reflejado en los resultados de la carrera según sea la performance de cada uno, pero que no se les den ventajas a unos por el hecho de haber recibido una herencia que los pone en mejor situación respecto de sus competidores. Como bien se ha señalado, esta metáfora es autodestructiva porque a poco de andar los que hicieron el esfuerzo en la pista y llegaron primeros, se les aplicará la guillotina horizontal a sus herederos en la próxima carrera, con lo cual habrán constatado que su esfuerzo fue inútil. El ataque a la herencia es una formidable herramienta contra el ahorro, pues desaparecerá el incentivo si es expropiado, con lo cual el empobrecimiento es seguro. Las posiciones patrimoniales no son irrevocables en una sociedad abierta: los que aciertan en las preferencias de sus congéneres obtienen ganancias y los que yerran incurren en quebrantos.

Cuarto, “confiscación de la propiedad de los emigrados y de los rebeldes”, lo cual, en el contexto moderno, significa confiscar especialmente a los opositores y dentro de esta categoría a los “rebeldes” en el periodismo, con lo que se destruye el inmenso valor del cuarto poder al efecto de limitar los abusos gubernamentales y para aumentar el conocimiento a través de debates abiertos y así dar lugar a las respectivas refutaciones que permiten el progreso.

Quinto, “centralización del crédito en manos del Estado por medio de un banco nacional formado con el capital del Estado y un monopolio exclusivo”. Esto es la banca central y el curso forzoso. Los banqueros centrales están embretados entre solo tres avenidas en sus decisiones: expandir, contraer o dejar inalterada la base monetaria. Pues cualquiera de los tres caminos necesariamente desfigurará los precios relativos, que son la única información para saber dónde asignar económicamente los siempre escasos recursos. Si se dijera que hay la posibilidad de que la banca central proceda del mismo modo que hubiera procedido la gente, hay que preguntarse para qué se metió, si va a hacer lo mismo que hubiera hecho la gente, con el consiguiente ahorro de honorarios, pero la conclusión de fondo estriba en explicar que el único modo de saber cuál hubiera sido la decisión de la gente es dejarla que se exprese, tal como sugieren grandes maestros de la economía que apuntan a eliminar el fetiche de la “autoridad monetaria”, que, por otra parte, en gran medida convierte a los llamados bancos privados en dependencias de la banca central.

Sexto, “centralización de todos los medios de comunicación y transporte en manos del Estado”. Este consejo se lleva a cabo a raíz de controles a las empresas de comunicación y de transporte; incluso actividades aparentemente alejadas como el servicio de taxi están sujetas a disposiciones del gobierno de turno en cuanto al monto de la tarifa, los horarios de trabajo y el color con que deben estar pintados sus vehículos, lo cual revela que el título de propiedad es irrelevante, ya que los verdaderos propietarios son los burócratas de la respectiva ciudad.

Séptimo y noveno se traducen en enfatizar lo dicho en el primer punto respecto de la tirria contra el sector agrícola. Octavo, “la organización de ejércitos industriales” en materia laboral se refiere a los sindicatos establecidos de modo autoritario respecto de la representatividad, afiliación y conexos. Y décimo, “educación pública y gratuita para todos”, para lograr el adoctrinamiento vía ministerios de Educación para imponer estructuras curriculares con el disfraz de la gratuidad, que, como se sabe, es inexistente, puesto que nada es gratis, alguien se hace cargo y en este caso son principalmente los más necesitados, puesto que las cargas fiscales sobre los que pueden invertir hacen que se contraiga este proceso, con lo cual el peso recae sobre salarios e ingresos de los más pobres.

Este es el Manifiesto Comunista muy sumariamente explicado. Debemos preguntarnos cómo es posible, con la bajada de estas líneas marxistas, que pretendamos ser parte de la sociedad libre a contramano de sus valores y principios.

Alberto Benegas Lynch (h) es Dr. en Economía y Dr. en Ciencias de Dirección. Académico de la Academia Nacional de Ciencias Económicas, fue profesor y primer rector de ESEADE durante 23 años y luego de su renuncia fue distinguido por las nuevas autoridades Profesor Emérito y Doctor Honoris Causa. Es miembro del Comité Científico de Procesos de Mercado, Revista Europea de Economía Política (Madrid). Es Presidente de la Sección Ciencias Económicas de la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires, miembro del Instituto de Metodología de las Ciencias Sociales de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, miembro del Consejo Consultivo del Institute of Economic Affairs de Londres, Académico Asociado de Cato Institute en Washington DC, miembro del Consejo Académico del Ludwig von Mises Institute en Auburn, miembro del Comité de Honor de la Fundación Bases de Rosario. Es Profesor Honorario de la Universidad del Aconcagua en Mendoza y de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas en Lima, Presidente del Consejo Académico de la Fundación Libertad y Progreso y miembro del Consejo Asesor de la revista Advances in Austrian Economics de New York. Asimismo, es miembro de los Consejos Consultivos de la Fundación Federalismo y Libertad de Tucumán, del Club de la Libertad en Corrientes y de la Fundación Libre de Córdoba. Difunde sus ideas en Twitter: @ABENEGASLYNCH_h

AMENAZA A LA LIBERTAD DE PRENSA

Por Alberto Benegas Lynch (h). 

 

Ya hemos consignado que el gobierno de Donald Trump ha comenzado su gestión insultando a periodistas y echando algunos de conferencias de prensa de la Casa Blanca como si fuera dueño del lugar. En vez de señalar sus desacuerdos ha optado por sostener que son deshonestos y otros improperios . Ahora el gobierno anuncia que se está estudiando la posibilidad de citar a periodistas que hagan públicas informaciones que los gobernantes consideran  reservadas, lo cual contradice principios elementales de la libertad de prensa.

 

Dada la trascendencia del tema, nunca es suficiente insistir una y otra vez sobre la importancia de resguardar  lo que consigna el cuarto poder al efecto de hacer posible el debate abierto de ideas para avanzar en el conocimiento y limitar los abusos del poder. Jefferson sostenía que “frente a la alternativa de contar con un gobierno sin libertad de prensa y libertad de prensa sin gobierno, me inclino por los segundo”.

 

Hay autores que se pronuncian sobre diversos temas de interés general pero sus manifestaciones se reducen a un ámbito más o menos parroquial, sin embargo hay otros que emiten declaraciones, pronuncian conferencias o publican ensayos y sus palabras recorren casi instantáneamente el planeta. Este es el caso, por ejemplo, de Umberto Eco.

Son muchos los aspectos de gran interés que ha abordado Eco a través de su vida, pero destaco una conferencia en el Senado romano ante los miembros de ese cuerpo legislativo y directores de los periódicos más importantes de Italia sobre la función crítica del periodista. Este filósofo de la lengua apuntó que “La función del cuarto poder es, sin duda, la de controlar y criticar a los otros tres poderes” y también que “es garantía de salud para un país democrático que la prensa pueda cuestionarse a sí misma”.

A partir de esta premisa apuntada por Umberto Eco elaboraré en otras ocasiones sobre aspectos que estimo relevantes y que ahora vuelvo a resumir. Antes que nada es del caso subrayar que asistimos con alarma y gran preocupación al espectáculo lamentable en el que los dictadores electos y los de facto indefectiblemente la emprenden contra los medios y periodistas independientes, en verdad un pleonasmo ya que el “periodismo oficialista” deja de ser periodismo pero, dada la situación imperante, se hace necesario el adjetivo…a veces el antiperiodismo se autodenomina “periodismo militante”, una figura bochornosa pero que pone al descubierto la naturaleza vertical y militar del fenómeno.

La libertad de expresión es la manifestación de la libertad de pensamiento lo cual se torna indispensable para la vida del ser humano cuya característica sobresaliente es precisamente la de pensar y, consecuentemente, para el progreso puesto que éste se basa en un proceso evolutivo que demanda debates abiertos, todo lo cual solo tiene lugar en libertad. Esa es la razón por la  que las Constituciones de las sociedades abiertas le atribuyen primordial importancia a la libertad de prensa y por la que los megalómanos tanto le temen a las voces que difieren con el discurso oficial.

Habiendo dicho esto, conviene precisar que hay reparticiones gubernamentales que muchas veces se dan por sentadas en regímenes democráticos pero que llevan la semilla de la destrucción del sistema, léase las agencias de noticias oficiales que sientan las bases para la manipulación de las pautas publicitarias, propaganda gubernamental y otras tropelías. En una sociedad abierta la publicidad oficial se terceriza sin necesidad de contar con una repartición estatal y les está vedado a los gobernantes participar en nada que esté relacionado con la prensa, tal como empresas de papel, el establecimiento de medios estatales, el mantenimiento de figuras inquisitoriales como la del “desacato” o la asignación de frecuencias radiales y televisivas puesto que el espectro electromagnético es susceptible de asignarse en propiedad y así liberarse de la fatídica figura de la concesión que siempre significan una peligrosa espada de Damocles.

Sin duda que la libertad de expresión para nada deshecha la posibilidad de que la Justicia proceda con las penas que estime necesario si se han vulnerado derechos, pero esto en ningún caso admite la censura previa. Solo los totalitarios y los brutos morales (que son sinónimos) pueden patrocinar la clausura de debates abiertos sobre todos los temas concebibles.

La función primordial del periodismo es la crítica al poder para así contribuir a mantener en brete a lo que siempre está en potencia de convertirse el un Leviatán que todo lo aplasta y engulle a su paso. Como nada al alcance de los mortales es perfecto, es deber del periodismo hurgar, escudriñar y poner al descubierto lo que se estima son desvíos de los gobiernos de su misión específica de garantizar y proteger los derechos de todos, así como también cualquier noticia referida a otros ámbitos que se estime pertinente comentar .

Esta plena libertad incluye el debate de ideas con quienes implícita o explícitamente proponen modificar el sistema, de lo contrario se provocaría un peligroso efecto boomerang (la noción opuesta llevaría a la siguiente pregunta, por cierto inquietante ¿en que momento se debiera prohibir la difusión de las ideas comunistas de Platón, en el aula, en la plaza pública o cuando se incluye parcial o totalmente en una plataforma partidaria?). Las únicas defensas de la sociedad abierta radican en la educación y las normas que surgen del consiguiente aprendizaje y discusión de valores y principios.

De la libertad de expresión se sigue la de asociación y de petición que deben minimizar las tensiones que eventualmente generen batifondos extremos y altos decibeles que afectan los derechos del vecino, lo cual en un sistema abierto se resuelve a través de fallos en competencia como mecanismo de descubrimiento del derecho y no como ingeniería legislativa y diseño arrogante.

Otra cuestión también controversial se refiere a la financiación de las campañas políticas. En esta materia, se ha dicho y repetido que deben limitarse las entregas de fondos a candidatos y partidos puesto que esos recursos pueden apuntar a que se les “devuelva favores” por parte de los vencedores en la contienda electoral. Esto así está mal planteado, las limitaciones a esas cópulas hediondas entre ladrones de guante blanco mal llamados empresarios y el poder, deben eliminarse vía marcos institucionales civilizados que no faculten a los gobiernos a encarar actividades más allá de la protección a los derechos y el establecimiento de justicia. La referida limitación es una restricción solapada a la libertad de prensa, del mismo modo que lo sería si se restringiera la publicidad de bienes y servicios en diversos medios orales y escritos.

También viene muy al caso mencionar el muy difundido caso de quien grita “¡fuego!” en un teatro colmado de gente cuando en verdad no hay tal incendio. Habitualmente se esgrime este ejemplo para concluir que hay límites a la libertad de expresión. Esto así está mal concebido si no se precisa el tema contractual vinculado a los derechos de propiedad que subyacen. En otros términos, el dueño del teatro y los espectadores se han comprometido, uno a ofrecer la función respectiva y los otros a presenciarlas lo cual no autoriza a ninguna de las dos partes a gritar nada ni a ninguna otra cosa como no sea el cumplir con lo contratado. En cambio, si en realidad hubiera un incendio cualquiera de las partes puede expresar la alarma que protege las vidas de los contratantes. No se trata entonces de una limitación al derecho la falsa alarma sino una obligación a ceñirse a lo estipulado.

De más está decir que la libertad de investigación periodística no puede lesionar derechos (nadie lo puede hacer en una sociedad civilizada) lo cual implica respetar el derecho a la intimidad. Este derecho consagrado en todas las Constituciones liberales, fue explicitado de modo detallado en 1890 por Samuel Warren y Louis Brandeis en un ensayo titulado “The Right to Privacy” (Harvard Law Review) y más adelante el célebre libro de Vance Pakard que bajo el título de La sociedad desnuda alude a todos los mecanismos y tecnologías gubernamentales y privadas que pueden utilizarse como invasivas (rayos láser, potentes máquinas fotográficas, telescopios y eventualmente aparatos que puedan captar ondas sonoras de la voz a grandes distancias) y las preguntas insolentes, formularios improcedentes y regulaciones invasivas por parte del Leviatán. Por razones de seguridad, la instalación de cámaras televisivas deben ser anunciadas por el instalador para dar la posibilidad de no transitar o visitar los lugares así vigilados. Por su parte, las llamadas cámaras ocultas en la mayor parte de las normativas penales no se aceptan como pruebas de un delito al ser recabadas por medio de otro delito.

Tal como escribe Milán Kundera en La insoportable levedad del ser “la persona que pierde su intimidad, lo pierde todo”. El derecho a la privacidad significa el resguardo a lo más caro del individuo, como consigna Santos Cifuentes en El derecho a la vida privada, constituye una extensión del derecho de propiedad. En la sociedad abierta, el sentido básico de resguardar ese sagrado derecho está dirigido principalmente aunque no exclusivamente contra los gobiernos.

Las personas tienen el derecho a resguardar sus personas, sus papeles, sus archivos en sus computadoras, sus correos electrónicos, sus casas y en general sus efectos contra requisitorias y revisaciones y que ninguna orden de Juez puede librarse sin causa probable de delito sustentada en el debido juramento y con la expresa descripción del lugar específico, los objetos y las personas a ser requisadas.

Afortunadamente han pasado los tiempos del Index Expurgatoris en el que papas pretendían restringir lecturas de libros, pero irrumpen en la escena comisarios que limitan o prohíben la importación de libros, dan manotazos a la producción y distribución de papel, interrumpen programas televisivos o, al decir del decimonónico Richard Cobden, establecen exorbitantes “impuestos al conocimiento”. La formidable invención de la imprenta por Pi Sheng en China y más adelante la contribución extraordinaria de Gutemberg, no han sido del todo aprovechadas, sino que a través de los tiempos se han interpuesto cortapisas de diverso tenor y magnitud pero en estos momentos han florecido (si esa fuera la palabra adecuada) megalómanos que arremeten con fuerza contra el periodismo.

Esto ocurre debido a la presunción del conocimiento de gobernantes que sin vestigio alguno de modestia, se autoproclaman sabedores de todo cuanto ocurre en el planeta, y se explayan en vehementes consejos a obligados y obsecuentes escuchas en imparables verborragias.

Dados los temas aquí brevemente expuestos —y que no pretenden agotar los vinculados a la libertad de prensa— considero que viene muy al caso reproducir una cita de la obra clásica de John Bury titulada Historia de la libertad de pensamiento: “El mundo mental del hombre corriente se compone de creencias aceptadas sin crítica y a las cuales se aferra firmemente […] Una nueva idea contradictoria respecto a las creencias que sustenta, significa la necesidad de ajustar su mente […] Las opiniones nuevas son consideradas tan peligrosas como molestas, y cualquiera que hace preguntas inconvenientes sobre el por qué y el para qué de principios aceptados, es considerado un elemento pernicioso”.

 

 

Alberto Benegas Lynch (h) es Dr. en Economía y Dr. en Ciencias de Dirección. Académico de la Academia Nacional de Ciencias Económicas, fue profesor y primer rector de ESEADE durante 23 años y luego de su renuncia fue distinguido por las nuevas autoridades Profesor Emérito y Doctor Honoris Causa.

LEYES DE ABASTECIMIENTO Y DE ANTITERRORISMO

Por Alberto Benegas Lynch (h)

 

No soy muy afecto a escribir sobre coyunturas por dos motivos. Primero, porque la mayoría de los columnistas lo hace y segundo porque sostengo que al efecto de influir sobre el pensamiento de fondo hay que trabajar sobre las ideas, valores y principios que están detrás de tal o cual coyuntura. Limitarse a exhibir la coyuntura se circunscribe a un trocito de la realidad del caso sin explicar nexos causales que permiten entender los daños o los beneficios de tal o cual política ni permiten contar con un panorama más amplio para escudriñar lo que ocurre.

 

El relato de la coyuntura no escarba en el fondo del asunto, se limita a mostrar el suceso lo cual ni siquiera puede interpretarse si no se dispone de un adecuando esqueleto conceptual. Más bien es pertinente subrayar que la buena coyuntura se dará por añadidura si se comprende y comparte la teoría que permite corregir lo que haya que corregir. “Nada más práctico que una buena teoría” ha dicho Paul Painlavé. Hay una alarmante escasez en el debate de ideas y un sobrante de comentarios superficiales de coyunturas.

 

Si embargo, hay coyunturas de tal gravedad que no puede eludirse su mención lo cual simultáneamente requiere detenerse en la explicación de su significado en cuanto a ideas, valores y principios que acarrean. En este caso se trata de las recientes declaraciones del gobierno argentino. Me refiero a las aplicaciones de la leyes de abastecimiento y de antiterrorismo.

 

En el primer caso, es el resurgimiento de la norma autoritaria impuesta en el tercer período presidencial de Perón en 1974 reeditando medidas similares de sus dos gobiernos anteriores (leyes de “agio y especulación”) con la que había amenazado varias veces durante su tercer mandato antes de ser finalmente promulgada en su gobierno,  también fue utilizada primero como amenaza por el último gobierno militar para luego establecer precios máximos, en los hechos vuelta a aplicar la ley de abastecimiento por el ex Secretario de Comercio de la actual gestión gubernamental, ley que ahora se proyecta modificar acentuando aun más la grosería estatista. Se trata de una norma que permite al aparato estatal clausurar, multar, incautar mercadería, imponer márgenes operativos y precios, allanar sin orden judicial actividades comerciales, industriales y agropecuarias (es decir, confiscaciones de facto).

 

Resulta cansador (agotador) tener que reiterar los efectos devastadores de tales normas, las cuales vienen fracasando estrepitosamente desde 18 siglos antes de Cristo con el Código de Hammurabi y 300 años antes de Cristo en la época de Dioclesiano en la Roma antigua y siempre con la intención de encubrir los desaguisados generados por los gobiernos a través de controles absurdos que ellos mismos imponen y la falsificación monetaria que provocan.

 

Veamos sumariamente los efectos que generan los precios máximos (“precios cuidados” le dicen ahora en los pasillos burocráticos argentinos) ocurridos en todos lados y en todas las circunstancias que en las que se han aplicado.

 

Primero, al bajar artificialmente el precio se expande la demanda. Segundo, sacando una fotografía de ese instante por el hecho de incrementarse la demanda no aumenta la oferta por lo que aparece faltante artificial. Tercero, los productores marginales (los menos eficientes) incurren en quebrantos por lo que se retiran del mercado. Cuarto, debido a lo señalado en el punto anterior se contrae la oferta con lo cual se intensifica el referido faltante artificial. Quinto, se alteran los precios relativos convirtiendo a otros reglones en más atractivos artificialmente (es decir, los bienes sujetos a los precios máximos son generalmente de primera necesidad y, sin embargo, aparecen artificialmente como menos atractivos debido a los precios políticos achatados). Y sexto, surge el mercado negro al efecto de abastecer el mercado (con precios que incluyen la prima por el riesgo de operar en ese campo).

 

En no pocas ocasiones se sostiene que en medio de una catástrofe debe hacerse una excepción e imponerse precios máximos. Por ejemplo frente a una epidemia se sugiere establecer precios máximos a productos farmacéuticos. Pero incluso en este caso lamentable, si el aparato estatal se entromete estableciendo precios máximo se reproducirán los efectos apuntados. En otros términos, debido a esa política no estarán disponibles los fármacos para los que lo demandan (demanda es necesidad más poder de compra) y no solo eso sino que se estará comprometiendo el futuro ya que por lo dicho disminuirá la oferta, lo cual significa que se estará matando a más gente. Es que cuanto más desesperante sea la situación, más razón para que los precios pongan de manifiesto la realidad. En resumen, las leyes de “abastecimiento” desabastecen.

 

Por otra parte los “precios” políticos no son precios, son simples números que dicta la autoridad ya que un precio expresa las valorizaciones cruzadas entre compradores y vendedores. El llamado precio político no es relevante al efecto contable o para la evaluación de proyectos. Cuanto más se aparte del precio real, menor será la posibilidad de cálculo económico.

 

La otra ley aludida -la antiterrorista- promulgada por el Parlamento argentino en 2007 y ampliada en 2011 e incrustada en el Código Penal se refiere a varios asuntos como para ocultar el eje central de esa norma cual es las penas por “aterrorizar a la población”, pero henos aquí que no apunta a terroristas (como algunos pone-bombas de los que han ejercido y ejercen funciones gubernamentales sin haber redimido sus delitos) sino que hace de operación pinza con la ley de abastecimiento para combatir a los que se oponen al gobierno o los que no proceden del modo que agrada a los gobernantes sin que las personas a las que se pretende aplicar esta ley hayan cometido delito alguno, esto es,  sin que se hayan lesionado derechos de terceros.

 

Esto se ve por la aplicación en línea con esa norma en el caso de un periodista de Santiago del Estero y se constata con el caso de una empresa que se declaró en quiebra y por tanto ha debido despedir a su personal (cuando hay operaciones fraudulentas, es otro el canal comercial y penal que pretender por la “ley antiterrorista” que el tribunal revoque el auto de quiebra). Ahora parece que esto -anunciado con bombos y platillos por cadena nacional- quedará sin efecto debido a que el ridículo resultó patente, pero de todos modos el anuncio debe poner en guardia a empresarios que por la difícil situación por la que atraviesa el país se vean amenazados por tener que despedir personal, a protestas varias que intentan ser bloqueadas y, debido a reiterados ataques a la prensa independiente, debe poner en guardia periódicos que con sus informaciones fidedignas pueden “aterrar a la población”.

 

Lo que verdaderamente aterra es la conducta de los actuales gobernantes que han acentuado el populismo que viene aplicándose en el país desde hace siete décadas. El gasto público astronómico, los impuestos insoportables, el déficit astronómico, la inflación galopante y las regulaciones asfixiantes provocan terror en la población diariamente junto con la inseguridad también aterradora lo cual se extiende a no pocos ámbitos de la justicia.

 

Es por cierto muy desafortunado que hayan “constitucionalistas” que se pronunciaron contra la ley antiterrorisata en el sentido de que “no aplica” al caso de la mencionada empresa que se declaró en quiebra y se retiró del país, puesto que lo que no aplica es la existencia misma de semejante ley en el aspecto referido.

 

Estas dos leyes propias de un gobierno autoritario tienen su raíz más cercana en el chavismo con los horrendos efectos que son del dominio público. Estos ataques a las bases de la sociedad abierta deben ser repelidos con la mayor energía. Lamentablemente se ha visto la cobardía de muchos empresarios-aplaudidores (muchos pseudoempresarios amigos del poder que operan sustentados en privilegios y mercados cautivos que explotan a la gente) y respecto al rol esencialísimo del cuarto poder, da tristeza que ciertos periodistas mendiguen pautas oficiales de publicidad a raíz de la discriminación desde el poder, en lugar de combatir la existencia fascista de agencias estatales de noticias, tema sobre el cual personalmente he mantenido discusiones fértiles con algunos editores.

 

Alberto Benegas Lynch (h) es Dr. en Economía y Dr. En Administración. Académico de la Academia Nacional de Ciencias Económicas y fue profesor y primer rector de ESEADE.