Una vaca sagrada

Por Alberto Benegas Lynch (h) Publicado el 7/3/20 en: https://www.elpais.com.uy/opinion/alberto-benegas-lynch/vaca-sagrada.html

 

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Uno de los textos que más me atraen es el inscripto por un graffiti del mayo francés: “seamos realistas, pidamos lo imposible”. Y las izquierdas son en verdad realistas pues de tanto empujar al fondo de los asuntos en gran medida marcan las agendas. Esto ocurre mientras muchos de los partidarios de la libertad son timoratos y en la práctica se adaptan a lo “políticamente correcto” con lo que ceden posiciones a grandes trancos.

En materia educativa, es interesante el ejemplo reciente de Polonia que exhibe un éxito rotundo al haber ascendido al primer puesto de las pruebas PISA preparadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) debido a que luego de décadas de pésimos resultados, finalmente abrió la competencia y dejó de imponer estructuras curriculares desde el vértice del poder político y dio lugar a que cada institución educativa decida acerca del contenido de sus asignaturas.

Uno de los pilares de cualquier educación que se precie de tal consiste en fomentar el pensamiento independiente y en la capacidad de cuestionar el statu quo. Y no se trata de sostener que en las instituciones estatales no hay excelentes profesores y profesoras. Además no sería consistente con mi propia trayectoria fuera de las casas de estudio privadas si pensara que toda la enseñanza estatal es deficiente, puesto que fui profesor titular en cinco carreras en la Universidad de Buenos Aires. También fui director del Departamento de Doctorado en Economía de la Universidad Nacional de La Plata.

En primer lugar un asunto terminológico: no es pertinente aludir a la “educación pública” puesto que la educación privada es también para el público, se trata de educación estatal lo cual de entrada suena mal del mismo modo que lo es el periodismo estatal, el arte estatal y equivalentes.

En la mayor parte de los países hoy, la denominada educación privada no es en rigor privada puesto que las secretarías y ministerios de educación están encargados de aprobar las respectivas estructuras curriculares. Estos procedimientos ilustran la columna vertebral del fascismo: se permite que la propiedad quede registrada a nombre de privados pero el gobierno usa y dispone de ella. En un país civilizado, los ministerios y las secretarías de educación deberían dejarse sin efecto y las acreditaciones, en los casos en los que se requieren, serían realizadas, tal como sucedía originalmente, a través de academias e instituciones privadas que, en el proceso, además, sirven de auditorías cruzadas y en competencia de responsabilidades por la calidad de los programas desarrollados en colegios y universidades.

Debe comprenderse que todos pagamos impuestos, especialmente los más pobres que pueden no haber visto nunca un formulario fiscal. Esto es así porque aquellos que son contribuyentes de jure reducen sus inversiones, lo cual, a su turno, contrae salarios e ingresos en términos reales, una secuencia que tiene lugar debido a que las tasas de capitalización constituyen la única explicación por la que se eleva el nivel de vida. Desde otra perspectiva, los costos por estudiante en las entidades estatales de educación son en general más elevados que en instituciones privadas, por la misma razón que opera “la tragedia de los comunes” ya que lo que es de todos no es de nadie.

Se ha sugerido el sistema de vouchers. Es cierto que este sistema exhibe un non sequitr : esto significa que de la premisa de que otras personas debieran ser forzadas a financiar la educación de terceros no se sigue que deban existir instituciones estatales de educación, ya que el voucher (subsidios a la demanda) permite que el candidato en cuestión elija la entidad privada que prefiere. En cualquier caso, los vouchers también significan que principalmente son los pobres los que se ven obligados a financiar los estudios de los más pudientes por las razones antes apuntadas.

Se ha dicho repetidamente que la educación es un bien público, pero esta afirmación no resiste un análisis técnico ya que no calza en los principios de no-rivalidad y no-exclusión propios de los bienes públicos.

Una misma línea argumental es aplicable al “derecho a la educación”. No hay tal cosa. Un derecho implica que como contrapartida hay una obligación. Si alguien obtiene como salario 100 en el mercado laboral, hay una obligación universal de respetar ese ingreso. Pero si la misma persona alega que tiene “derecho” a obtener 200 que no obtiene con su trabajo lo cual es sin embargo garantizado por el aparato estatal, esto significa que otras personas serán compelidas a financiar la diferencia, lo cual lesionará sus derechos. Esta es la razón por la que el “derecho a la educación” -el reclamo sobre el bolsillo ajeno- es un pseudoderecho.

Por último, es muy cierto que la educación es fundamental pero más importante aun es el estar bien alimentado y ninguna persona de sentido común, a esta altura, propondrá que la producción de alimentos esté en manos del estado porque la hambruna es segura.

 

Alberto Benegas Lynch (h) es Dr. en Economía y Dr. en Ciencias de Dirección. Académico de la Academia Nacional de Ciencias Económicas, fue profesor y primer rector de ESEADE durante 23 años y luego de su renuncia fue distinguido por las nuevas autoridades Profesor Emérito y Doctor Honoris Causa. Es miembro del Comité Científico de Procesos de Mercado, Revista Europea de Economía Política (Madrid). Es Presidente de la Sección Ciencias Económicas de la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires, miembro del Instituto de Metodología de las Ciencias Sociales de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, miembro del Consejo Consultivo del Institute of Economic Affairs de Londres, Académico Asociado de Cato Institute en Washington DC, miembro del Consejo Académico del Ludwig von Mises Institute en Auburn, miembro del Comité de Honor de la Fundación Bases de Rosario. Es Profesor Honorario de la Universidad del Aconcagua en Mendoza y de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas en Lima, Presidente del Consejo Académico de la Fundación Libertad y Progreso y miembro del Consejo Asesor de la revista Advances in Austrian Economics de New York. Asimismo, es miembro de los Consejos Consultivos de la Fundación Federalismo y Libertad de Tucumán, del Club de la Libertad en Corrientes y de la Fundación Libre de Córdoba. Difunde sus ideas en Twitter: @ABENEGASLYNCH_h

Biólogos, geólogos y matemáticos sobre el cambio climático y la provisión voluntaria de bienes públicos

Por Martín Krause. Publicado el 17/2/20 en:  https://bazar.ufm.edu/biologos-geologos-matematicos-cambio-climatico-la-provision-voluntaria-bienes-publicos/

 

Este paper me llamó la atención por dos cosas. Una es por el tema y el enfoque que presenta en relación a cuestiones que son muy calientes hoy en día, precisamente el del calentamiento global entre otros. Y luego como un concepto claramente económico como el de bien público aparece en trabajos de académicos de otras disciplinas. En este caso el paper se titula:

Coalition-structured governance improves cooperation to provide public goods y los autores son Vítor V. Vasconcelos1,2,3*, Phillip M. Hannam4,5*, Simon A. Levin1,6,7, and Jorge M. Pacheco8,2,9

Y éstas son las instituciones a las que pertenecen:

1 Department of Ecology and Evolutionary Biology, Princeton University, Princeton NJ, USA

2 ATP-group, P-2744-016 Porto Salvo, Portugal

3 INESC-ID and Instituto Superior Técnico, Universidade de Lisboa, IST-Taguspark, Porto Salvo, Portugal

4 Science, Technology & Environmental Policy Program, Woodrow Wilson School of Public and International Affairs, Princeton University, Princeton NJ, USA

5 School of Geography, University of Leeds, Leeds, UK

6 Resources for the Future, Washington DC, USA

7 Beijer Institute of Ecological Economics, Stockholm, Sweden

8 Centro de Biologia Molecular e Ambiental, Universidade do Minho, Braga, Portugal

9 Departamento de Matemática e Aplicações, Universidade do Minho, Braga, Portugal

 

No hay nadie de un departamento de Economía. Bueno, muy bien. Nada mejor que la interdisciplinariedad. Éste es el resumen:

“Si bien los beneficios de los bienes comunes y públicos son compartidos, tienden a ser escasos cuando las contribuciones son proporcionadas voluntariamente. La falta de cooperación en la provisión o preservación de estos bienes es fundamental para los desafíos de sostenibilidad, que van desde la pesca local hasta el cambio climático global.

En el mundo real, tales dilemas cooperativos ocurren en múltiples interacciones con intereses estratégicos complejos y frecuentemente sin información completa. Argumentamos que la cooperación voluntaria habilitada a través de múltiples coaliciones (similar a la policéntrica) no solo facilita una mayor generación de bienes públicos no excluibles, sino que también puede permitir la evolución hacia un enfoque de gobernanza más cooperativo, estable e inclusivo.

Al contrario de cualquier estudio previo, mostramos que estos méritos de la gobernanza de múltiples coaliciones son mucho más generales que los ejemplos singulares que se presentan en la literatura, y son robustos en diversas condiciones de exclusibilidad, congelabilidad del bien público no excluible y formas arbitrarias. de la función de retorno a la contribución. Primero confirmamos la intuición de que una coalición única sin cumplimiento y con jugadores que persiguen su propio interés sin conocimiento de los retornos a la contribución es propensa al fracaso cooperativo. A continuación, demostramos que el mismo modelo pesimista pero con una estructura de gobernanza de múltiples coaliciones experimenta una cooperación relativamente mayor al permitir el reconocimiento de ganancias marginales de cooperación en el juego en juego. En ausencia de aplicación, los regímenes de bienes públicos que evolucionan a través de la proliferación de foros cooperativos voluntarios pueden mantener e incrementar la cooperación con más éxito que los regímenes singulares e inclusivos.”

 

Martín Krause es Dr. en Administración, fué Rector y docente de ESEADE y dirigió el Centro de Investigaciones de Instituciones y Mercados (Ciima-Eseade). Síguelo en @martinkrause

Cuestionando la educación estatal

Por Alberto Benegas Lynch (h) Publicado el 21/12/19 en: https://www.infobae.com/opinion/2019/12/21/cuestionando-la-educacion-estatal/

 

Uno de los pilares de cualquier educación que se precie de tal consiste en fomentar el pensamiento independiente y en la capacidad de cuestionar el statu quo. En esta nota hago precisamente eso y espero como devolución el debate con argumentos y no “cajas destempladas” enojadas porque se pone en tela de juicio lo que la mayoría acepta sin capacidad de contradecir, de hurgar y de explorar otras variantes.

No se trata de sostener que en las instituciones estatales no hay excelentes profesores y profesoras. Además no sería consistente con mi propia trayectoria fuera de las casas de estudio privadas si pensara que toda la enseñanza estatal es deficiente, puesto que fui profesor titular en cinco carreras en la Universidad de Buenos Aires: en el doctorado en ciencias económicas, en grado y maestría en derecho, en ingeniería, en sociología y en el departamento de historia de filosofía y letras. También fui director del Departamento de Doctorado en Economía de la Universidad Nacional de La Plata. No se trata de refutar el hecho de lo mucho y bueno aprendido en entidades gubernamentales de enseñanza merced a las esforzadas y meritorias tareas de maestras y maestros de escuela. Salvando las distancias, tampoco es el caso de discutir la faena formidable de Sarmiento en un territorio virgen (aunque hay trabajos que muestran que en gran medida muchas de las instituciones privadas de la época fueron barridas por la oferta “gratuita”).

A esta altura de los acontecimientos, se trata de revisar el fondo del asunto y no para circunscribirlo al caso argentino sino para formular un análisis global que cabe a todas las instituciones estatales de educación en todas latitudes. No es un asunto de mala voluntad sino de conclusiones ineludibles, ni se trata de contradecir el hecho del notable desempeño en cátedras magistrales en instituciones estatales en todas partes del mundo.

Veamos esto por partes en un análisis que tomo parcialmente de mi conferencia en el European Center for Austrian Economic Foundation de la Universidad del Lietchenstein. En primer lugar, un asunto terminológico: no es pertinente aludir a la “educación pública”, puesto que la educación privada es también para el público, se trata de educación estatal, lo cual de entrada suena mal del mismo modo que lo es el periodismo estatal, el arte estatal y equivalentes.

En la mayor parte de los países hoy, la denominada educación privada no es en rigor privada puesto que las secretarías y ministerios de educación están encargados de aprobar las respectivas estructuras curriculares.

Estos procedimientos ilustran la columna vertebral del fascismo: se permite que la propiedad quede registrada a nombre de privados pero el Gobierno usa y dispone de ella, en contraste con el comunismo que de una manera abierta decide la abolición de la propiedad. Lo primero entonces es comprender que por más buena voluntad, en última instancia resulta difícil enseñar criterios independientes y libres en base a la compulsión.

En un país civilizado, los ministerios y las secretarías de educación deberían dejarse sin efecto y las acreditaciones, en los casos en los que se requieren, serían realizadas, tal como sucedía originalmente, a través de academias e instituciones privadas que, en el proceso, además, sirven de auditorías cruzadas y en competencia de responsabilidades por la calidad de los programas desarrollados en colegios y universidades.

La politización debería estar completamente ausente en un tema tan delicado e importante como la educación. Dado que todos somos diferentes en la mayor parte de los aspectos clave, especialmente desde la perspectiva psicológica, los respectivos programas ofrecidos deben ser distintos al efecto de calzar con las diferentes potencialidades de las múltiples demandas. Por otra parte, debe tenerse en cuenta que esas diferenciaciones lo son de un modo multidimensional en la misma persona por lo que se requiere un proceso dinámico y cambiante. En todo caso, la educación demanda sistemas abiertos y competitivos donde nadie debería tener la facultad de imponer programas desde el vértice del poder, puesto que nadie puede dictaminar lo que deben estudiar otros en el contexto de un proceso evolutivo de prueba y error.

Debe comprenderse que todos pagamos impuestos, especialmente los más pobres que pueden no haber visto nunca un formulario fiscal. Esto es así porque aquellos que son contribuyentes de jure reducen sus inversiones, lo cual, a su turno, reduce salarios e ingresos en términos reales, una secuencia que tiene lugar debido a que las tasas de capitalización constituyen la única explicación por la que se eleva el nivel de vida.

Más aun, si tomamos en cuenta el concepto de utilidad marginal resulta claro que una unidad monetaria -a pesar de que no son posibles las comparaciones intersubjetivas de utilidad ni tampoco pueden referirse a números cardinales- en general no es lo mismo para una persona pobre que lo es para una persona rica. En el primer caso, manteniendo los demás factores constantes, el efecto negativo del tributo será mayor, lo cual hace que el impacto impositivo recaiga en definitiva con mayor peso en los más pobres como consecuencia de la antedicha contracción en las inversiones.

Imaginemos una familia muy pobre que no está en condiciones de afrontar los costos de oportunidad que significa enviar a sus hijos a estudiar. En este caso, los impuestos, como queda dicho, se afrontan de facto vía la contracción de los salarios de los relativamente más pobres que están de hecho financiando los estudios de alumnos más pudientes.

Y si otra familia, con gran esfuerzo, puede enviar a sus hijos a estudiar, si realiza un análisis fiscal correcto los enviarán a instituciones estatales puesto que, de enviarlos a colegios y universidades privadas, estarían pagando un costo doble: uno a través de los impuestos para mantener la educación estatal y otro al financiar la matrícula y las cuotas en el ámbito privado.

Desde otra perspectiva, los costos por estudiante en las entidades estatales de educación son en general más elevados que en instituciones privadas, por la misma razón que opera “la tragedia de los comunes” en cuanto a incentivos que hacen que las mal llamadas “empresas estatales” sean ineficientes.

Se ha sugerido el sistema de vouchers en repetidas ocasiones. Es cierto que este sistema exhibe un non sequitr: esto significa que de la premisa de que otras personas debieran ser forzadas a financiar la educación de terceros no se sigue que deban existir instituciones estatales de educación, ya que el voucher (subsidios a la demanda) permite que el candidato en cuestión elija la entidad privada que prefiera.

En cualquier caso, los vouchers también significan que principalmente son los pobres los que se ven obligados a financiar los estudios de los más pudientes y también, a pesar de que las mediciones de IQ son irrelevantes (como se ha demostrado, todos somos inteligentes pero para temas y campos muy diferentes), aquellos que no califican para las ofertas disponibles deben pagar los estudios de los mejor calificados, lo cual constituye también una injusticia flagrante.

Se ha dicho repetidamente que la educación es un bien público, pero esta afirmación no resiste un análisis técnico ya que no calza en los principios de no-rivalidad y no-exclusión propios de los bienes públicos.

También se ha dicho una y otra vez que la educación estatal debe incorporarse porque le da sustento a la idea de la “igualdad de oportunidades”. Esta figura, prima facie parece atractiva pero es del todo incompatible y mutuamente excluyente con la igualdad ante la ley. El liberalismo y la sociedad abierta promueven que la gente disponga de mayores oportunidades no iguales debido a que las personas son distintas.

Una misma línea argumental es aplicable al “derecho a la educación”. No hay tal cosa. Un derecho implica que como contrapartida hay una obligación. Si alguien obtiene como salario 100 en el mercado laboral, hay una obligación universal de respetar ese ingreso. Pero si la misma persona alega que tiene “derecho” a obtener 200 que no obtiene con su trabajo lo cual es sin embargo garantizado por el aparato estatal, esto significa que otras personas serán compelidas a financiar la diferencia, lo cual lesionará sus derechos. Esta es la razón por la que el “derecho a la educación” -el reclamo sobre el bolsillo ajeno- es un pseudoderecho.

Se ha afirmado que debería ayudarse a aquellos que cuentan con las condiciones intelectuales para aplicar a las ofertas educativas disponibles pero que no disponen de los ingresos suficientes. Esta es una aseveración indudablemente muy bien inspirada, pero para ello debería recurrirse a la primera persona del singular y no pretender el endoso a otros recurriendo a la tercera persona del plural. En la misma dirección, debe considerarse que la solidaridad y la caridad nunca pueden ser provistas por el estado ya que, por definición, se trata de actos voluntarios y realizados con recursos propios.

En varios países el home schooling es utilizado como una defensa contra la invasión de la educación estatal. Hace un tiempo, The Economist estudió esta forma de educar desde los domicilios de los interesados de manera extensa, donde consignó las opiniones de los oficiales de admisión de varias de las universidades del Ivy League en Estados Unidos respecto a los candidatos a ingresar en esas casas de estudios provenientes del home schooling. Las opiniones eran coincidentes en señalar no solo las excelentes condiciones académicas de los candidatos sino que subrayaron el cuidado y la precisión en la forma de expresarse y la prolijidad en sus vestimentas.

Algunas personas han objetado el home schooling en base a la creencia de que este sistema no permite la socialización de unos alumnos con otros, lo cual no es cierto porque, precisamente, la preocupación y ocupación es mucha por programar reuniones sociales entre los jóvenes a través de deportes, bailes, certámenes de ajedrez, asociaciones varias, actividades en parroquias y equivalentes. Es notable el apoyo logístico que presentan los programas de estudio en Internet, lo cual no requiere que los padres conozcan los contenidos de las diversas asignaturas, solo se necesita que hagan el seguimiento de los estudios de su prole directamente o lo hagan a través de personas contratadas a tal efecto.

Cuando tiene lugar la educación estatal, en mayor o menor medida, tarde o temprano, aparece el adoctrinamiento debido a la necesaria intromisión del gobierno. Si los burócratas están a cargo de la educación de alguna manera inexorablemente influyen sobre los programas, los textos y las pautas a su cargo.

Se mantiene que los niños deberían contar con un minimum de enseñanza tal como el aprendizaje de la lectura y la escritura, pero si los padres de familia consideran que eso es importante, es eso a lo que se le otorgará prioridad tal como ha ocurrido a través de la historia por medio de pagos directos o por medio de becas.

Es muy cierto que la educación es fundamental pero más importante aun es el estar bien alimentado y ninguna persona de sentido común, a esta altura, propondrá que la producción de alimentos esté en manos del Estado porque la hambruna es segura. Cuando la política se hace cargo de la educación, aparece otro tipo de hambruna que es la espiritual y cultural.

Si prestamos atención a los escritos de historiadores, comprobaremos que, comenzando con Atenas, la Roma de la República antes del Imperio, el mundo árabe en España y en el comienzo de las colonias estadounidenses no había interferencia estatal en materia educativa. Cualquiera podía instalar un colegio y competir para atraer alumnos a muy diferentes precios y condiciones, lo cual produjo como resultado la mejor educación del mundo de entonces.

Debido a que el control gubernamental poco a poco se fue apropiando de la educación, desde el siglo XVII se instaló el primer sistema estatal en Alemania y en Francia. Ya en el siglo XVIII la mayor parte de Europa estuvo bajo la influencia de este sistema (excepto Bélgica que lo impuso en 1920).

Es errado suponer que cuanto más gaste el gobierno en educación la situación mejorará. Antes al contrario, a través de la politización la situación educativa se torna más difícil si es que se pretende contar con personas con criterios independientes. Es curioso que haya quienes se quejan airadamente de la politización y en muchos casos la baja calidad de la educación y, sin embargo, son los primeros en sugerir que los aparatos estatales intervengan en los procesos educativos.

Por último destaco que en una sociedad abierta cuando se estima que padres lesionan derechos de sus hijos sea en materia educativa, alimentaria o física, quienes detectan esas conductas pueden actuar como subrogantes ante la Justicia.

 

Alberto Benegas Lynch (h) es Dr. en Economía y Dr. en Ciencias de Dirección. Académico de la Academia Nacional de Ciencias Económicas, fue profesor y primer rector de ESEADE durante 23 años y luego de su renuncia fue distinguido por las nuevas autoridades Profesor Emérito y Doctor Honoris Causa. Es miembro del Comité Científico de Procesos de Mercado, Revista Europea de Economía Política (Madrid). Es Presidente de la Sección Ciencias Económicas de la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires, miembro del Instituto de Metodología de las Ciencias Sociales de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, miembro del Consejo Consultivo del Institute of Economic Affairs de Londres, Académico Asociado de Cato Institute en Washington DC, miembro del Consejo Académico del Ludwig von Mises Institute en Auburn, miembro del Comité de Honor de la Fundación Bases de Rosario. Es Profesor Honorario de la Universidad del Aconcagua en Mendoza y de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas en Lima, Presidente del Consejo Académico de la Fundación Libertad y Progreso y miembro del Consejo Asesor de la revista Advances in Austrian Economics de New York. Asimismo, es miembro de los Consejos Consultivos de la Fundación Federalismo y Libertad de Tucumán, del Club de la Libertad en Corrientes y de la Fundación Libre de Córdoba. Difunde sus ideas en Twitter: @ABENEGASLYNCH_h

Libertad, derechos y obligaciones

Por Gabriel Boragina Publicado el 16/9/18 en: http://www.accionhumana.com/2018/09/libertad-derechos-y-obligaciones.html

 

¿Qué es la libertad? ¿Qué se puede decir de la libertad?
Comúnmente se confunde la libertad con la idea de que cada uno haga lo que le venga en gana, (sea bueno o sea malo, este bien o este mal) con su persona y con la de los demás.
La libertad es un concepto social. Tiene sentido en un marco social. Carece de significado en el mundo físico, donde la concepción de libertad es siempre relativa y limitada, ya que existen determinadas condiciones físicas que los seres humanos no pueden violar. Por ejemplo, no somos libres de vivir sin oxígeno, o de volar como los pájaros. De manera tal que, las supuestas refutaciones a la idea de libertad en base a ejemplos tomados del universo físico no son pertinentes, ya que es por todos sabidos que hay explícitas situaciones naturales y físicas que limitan o restringen el campo de la libertad humana y no humana también (los peces no son libres de vivir fuera del agua, y los humanos tampoco sumergidos en ella sin equipos de buceo adecuados, que nunca son utilizables por tiempo indeterminado). Las piedras, los árboles y los animales no son libres, y sólo en un alcance metafórico o poético puede decirse que lo sean.
Entonces, la libertad, su pensamiento, estudio y análisis tienen valor cuando se los circunscribe al ámbito humano y social, que es el único campo donde resultan útiles. La libertad no es una noción natural, sino eminentemente social.
La expresión libertad acompañada del adjetivo individual también supone (aunque a primera vista suene lo contrario) la inserción del individuo dentro de la sociedad, que es el campo en cual podrá ejercer esa libertad. Involucra que cada individuo es libre por sí mismo. Y en esta acepción es prácticamente una redundancia. En cambio, la locución libertad social carece de coherencia. La sociedad no es ni puede ser libre, sólo sus individuos pueden serlo. Pero es aceptable usar esta fórmula cuando se describen procesos políticos o económicos, siempre teniendo en cuenta que, desde el ángulo filosófico y liberal, la sociedad no puede ser libre o dejar de serlo, porque la sociedad no es más que una abstracción compuesta de individuos concretos. Es, por lo dicho, que creemos que el vocablo libertad sólo puede ser aplicado a estos últimos.
No obstante, aun dentro de este radio social, podemos advertir que la libertad tampoco es ilimitada, excepto que se le quiera reconocer libertad a un solo individuo, pero en este caso ya no es apropiado usar la palabra «libertad». Donde un solo individuo tiene libertad frente a todos los demás no hay allí libertad alguna, sino tiranía. La libertad -en ese contexto- deja de ser un concepto social pasando a ser una utopía o un ideal. Si sólo uno es libre, expresa que todos los demás son esclavos, y entonces ese único individuo «libre» no es en realidad «libre», sino que es un tirano y, por ende, también es esclavo, sólo que lo es de su condición tiránica. Si su libertad es el precio de la negación de la libertad ajena no hay allí libertad alguna, sino dependencia y opresión de y en su propia condición que conjetura «libre». No es libre, desde el momento que esa «libertad» única que pretende detentar en su favor lo es al costo de controlar y someter diariamente a sus semejantes para que no puedan ser libres.
Por ello, la libertad tiene como característica esencial que la de uno de los miembros de la sociedad no puede involucrar la negación de la libertad de los demás miembros. En este único enfoque cabria hablar de la libertad como un bien público y así entenderla. La libertad, o es de todos o no es de nadie. Allí, donde uno somete a los demás, o donde los demás someten a uno no hay libertad. Esas no son las mal llamadas «sociedades libres».
La libertad incluye contar con la posibilidad de optar por más de una alternativa. Y luego de efectuada la opción, tener la potencialidad de ejercerla, con el límite de que este ejercicio no viole análogos derechos ajenos.
Se ha criticado la dicción libertad absoluta, especialmente ella objetada por parte de juristas, periodistas, economistas, etc. Pero dicha critica presume, a menudo, un mal entendido, ya que dentro de la órbita de específicos individuos la libertad de cada uno de ellos es absoluta, entendiéndose por esta fórmula que, no puede ser invadida por terceros, y que todos absolutamente gozamos de los beneficios de la libertad. La confusión, a mi juicio, viene de la identificación que se hace comúnmente entre libertad y derecho, nociones que no son sinónimas si bien están estrechamente emparentadas. En tanto que, la libertad es absoluta en la interpretación de que todos han de gozar de ella y a nadie se le debe negar, lo que no son absolutos son los derechos. En esta última trascendencia la libertad siempre es ilimitada, los derechos no lo son porque están limitados por su contrapartida: las obligaciones. Por eso, no es estrictamente lo mismo decir «la libertad de uno termina donde comienza la del otro», sino que lo correcto sería expresar «el derecho de uno termina donde empieza el del otro».
Adentrándonos más en el tema descubrirnos que, en realidad, la libertad comprende un plexo de derechos y obligaciones. Y no solamente de derechos como se la entiende en forma habitual. La demanda constante de «nuevos derechos» sin el paralelo reconocimiento de similares derechos para con los demás es otra manera de negar la libertad. Y en la línea que estamos siguiendo, esto importa atentar contra el bien público.
Una obligación no es ninguna otra cosa que la relación que tiene una persona respecto del derecho de otra. Esta puede ser de dos tipos: activa o pasiva. Activa es cuando se trata de una obligación de hacer o de dar, y pasiva cuando prevé una abstención respecto del derecho ajeno. Por ejemplo, es una obligación pasiva respetar la propiedad del otro absteniéndome de turbarla. Siendo, del lado opuesto, la misma obligación que tiene un tercero de respetar mi propiedad. Del otro lado, el ejemplo de una obligación activa es cuando tengo el deber de pagar una deuda contraída con un acreedor. A su vez, la contrapartida de cada una de estas obligaciones es un derecho análogo desde el punto de vista de mi acreedor (en el último ejemplo) o del propietario de la cosa cuya propiedad debe ser respetada.

 

Gabriel Boragina es Abogado. Master en Economía y Administración de Empresas de ESEADE. Fue miembro titular del Departamento de Política Económica de ESEADE. Ex Secretario general de la ASEDE (Asociación de Egresados ESEADE) Autor de numerosos libros y colaborador en diversos medios del país y del extranjero.

El Derecho (8° parte)

Por Gabriel Boragina Publicado el 24/6/18 en: http://www.accionhumana.com/2018/06/el-derecho-8-parte.html 

 

«G. Derecho y moral. Otro de los temas trascendentales en lo que al Derecho se refiere es su vinculación con la moral. El hombre, de acuerdo con el concepto de Thomasio, actúa en una esfera externa que afecta al bien público, y en la cual el Estado puede ejercer su coacción, y en otra interna, en la que no cabe la coacción, porque atañe al bien individual. Aquélla es la esfera del Derecho y ésta es la de la moral. Relaciónanse ambos campos con la conducta humana y es ése su punto de conexión, tanto más evidente por cuanto que uno y otro se han de asentar en principios de ética, pues, así como resulta inconcebible una moral inmoral, tampoco es admisible un Derecho inmoral. Con este concepto no se está propugnando ni la inmutabilidad ni la uniformidad del Derecho, ya que los principios éticos son diferentes en el espacio y cambiantes en el tiempo. El divorcio, la poligamia, la poliandria, e incluso la prostitución, serán juzgados de distinta manera en los países que los admiten y en los que los rechazan, sin que tampoco los puntos de vista al respecto sean hoy iguales a los de las edades pasadas.»[1]

Parece que el autor citado (a la sazón, Thomasio) identifica la moral y la ética exclusivamente con las actividades sexuales, a juzgar por los ejemplos citados en el último apartado de la cita. Pero, en el mismo diccionario analizado, aparece la definición de moral, que la indica con un campo mucho más amplio[2]. Distingue entre dos «esferas». La externa, que «afecta» el «bien público» como órbita del Derecho (que identifica con el «estado»), y otra interna que «atañe» al «bien individual» que asocia con la moral. Agrega que, en el primer campo («bien público») cabe la coacción del «estado», en tanto en el segundo (bien individual) la misma se encuentra excluida. En realidad, como ya tuvimos oportunidad de aclarar antes, no sólo existe una coacción externa, sino otra interna, esta última es la que ejerce el mismo individuo sobre su propia conducta, por ejemplo, restringiendo o absteniéndose de acciones que no aprecia como correctas, sin que sea necesario ningún tipo de acción coactiva que provenga de su entorno, mediato o inmediato. En el caso, ha de decirse que la persona se autocoacciona.

En este supuesto, sus principios morales se confunden con sus principios jurídicos, incluso, con el ordenamiento jurídico, cuyas normas se orientan en el mismo sentido en que lo hacen sus convicciones morales. En este aspecto, existe una completa identificación entre la moral y el Derecho desde el punto de vista subjetivo. Ahora bien, hay casos en donde la coincidencia no es tal. Donde los principios morales del individuo no van en consonancia con los del ordenamiento jurídico que rige donde vive. Aquí no hay colisión posible, siempre y cuando esos principios morales discordantes con el ordenamiento jurídico no afecten ni ingresen en la esfera externa a la que alude Thomasio, es decir, no agredan al «bien público».

Pero ¿qué sucede cuando las normas legales invaden el área del bien individual al que el autor referido denomina moral? ¿O -en otras palabras- cuando el “estado” o el Derecho (que para nuestro autor serian sinónimos) absorben todo o parte de la esfera interna e intentan incorporarla a la esfera externa donde el “derecho-estado” (sinteticémoslo así) puede ejercer su coercitividad? El caso no está tratado en el texto, pero si este fuera el hecho nosotros respondemos que normas semejantes no debe ser acatadas, porque el «derecho» que viola la moral individual no es Derecho exigible. Donde hay conflicto entre el Derecho y la moral ha de prevalecer esta última por sobre el primero ya que no puede haber Derecho alguno allí donde se pretenda violentar la moral individual. El tema del relativismo moral que es al que se refiere la parte final de la cita no lo abordaremos en este momento.

«La diferencia entre la moral y el Derecho está, a juicio de Recasens Siches, en que “la norma moral enjuicia la conducta a la luz de los valores supremos hacia los cuales debe orientarse la vida humana”, a la cual “toma en sí misma, en su plenitud, centrándola en su auténtica y más radical significación, atendiendo a su supremo destino o misión y contemplándola en su auténtica realidad, que es siempre la realidad individual, única, singular e intransferible”, en tanto que “la norma jurídica enjuicia y regula el comportamiento humano desde el punto de vista de las repercusiones de éste en otras personas y en la sociedad”.»[3]

Lo que aquí se explica son las diferentes funciones entre la norma moral y la jurídica. La primera se orienta hacia lo individual y la segunda hacia lo social, en analogía clara con las distintas esferas (externa e interna) de las que nos hablaba Thomasio. Esta sería la síntesis de lo que se dice en el párrafo. Tales caracterizaciones constituyen una ayuda para distinguirlas. La moral -según esta visión- atañe al individuo y a su vida propia, y es ajena al Derecho. Pero el Derecho -agregamos nosotros- debe respetar esa moral que, como muy bien dice Recasens Siches, «es siempre la realidad individual, única, singular e intransferible”, para poder ser considerado un Derecho moral, de lo contrario se transformaría en un Derecho inmoral. El Derecho no es moral por sí mismo, sino en cuanto y en tanto respeta la moral que siempre es individual. No hay tal cosa como una moral social o colectiva.

[1] Ossorio Manuel. Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales. -Editorial Heliasta-1008 páginas-Edición Número 30-ISBN 9789508850553 pág. 294 y sigtes.

[2] Moral. Dícese de lo que no cae bajo la jurisdicción de los sentidos, por ser de la apreciación del entendimiento o de la conciencia, y también de lo que no concierne al orden jurídico, sino al fuero interno o al respeto humano (Dic. Acad.). Lo anterior, como adjetivo, poco orientador del substantivo. Como tal, entiende por moral, la misma corporación del idioma, la ciencia que trata del bien en general, y de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia. | Además, conjunto de las facultades del espíritu, por contraposición a físico. En cuanto a la diferencia, oposición y nexos entre moral y Derecho, v. esta última voz. (Ossorio p. 606)

[3] Ossorio, Ibidem, p. 294 y sigtes.

 

Gabriel Boragina es Abogado. Master en Economía y Administración de Empresas de ESEADE. Fue miembro titular del Departamento de Política Económica de ESEADE. Ex Secretario general de la ASEDE (Asociación de Egresados ESEADE) Autor de numerosos libros y colaborador en diversos medios del país y del extranjero.

Monopolios estatales y privados

Por Gabriel Boragina: Publicado el 16/10/16 en: http://www.accionhumana.com/2016/10/monopolios-estatales-y-privados.html

 

La palabra monopolio produce un casi instintivo rechazo en la mayoría de las personas a las cuales el término se les pronuncia. Es un vocablo sensiblemente antipático, que despierta connotaciones negativas y que prácticamente sin excepciones se identifica popularmente con la actividad empresarial privada o -en expresiones más generales- con todo lo que tenga que ver con el sector privado de la economía, sean estos individuos, comercios o empresas. Curiosamente, poca es la gente que tiene conciencia que acepta principalmente de buen grado otros tantos monopolios estatales, como -por ejemplo- el impositivo y el monetario. Parecería que las personas razonan de manera dual cuando de monopolios privados y estatales se trata. Conciben la existencia y nocividad de los primeros y la inexistencia o -en el peor de los casos- la necesidad y/o inevitabilidad de los segundos.

No obstante, como hemos aclarado otras veces, solamente hay dos únicos orígenes para la formación de cualquier monopolio: el favor del consumidor, o el amparo del gobierno. En el primer caso, cuando los consumidores deciden -en número mayoritario- centrar sus compras en el articulo «X» que fabrica el productor «A» por encima o con exclusividad al del resto de sus competidores, el Sr. «A» tendrá como resultado las que se llaman ganancias de monopolio, las que -en un mercado libre- lo único que indican es que los consumidores, en forma masiva, lo prefieren al resto de los competidores. Si el mercado es completamente libre, no habrá –para esos mismos consumidores- nada malo en ello, dado que el precio que ellos pagan por el articulo monopolizado siempre –en esas condiciones- se considera un precio de mercado, pero, en cambio, es bastante probable que entre los competidores del Sr. «A» se despierten ciertos recelos y sean estos -en definitiva- quienes envidien el buen éxito empresarial de aquel, sobre todo entre sus competidores menos afortunados, que -casi con seguridad- buscarán la manera de acudir al gobierno, directa o indirectamente, para limitar de alguna forma el monopolio de «A», a quien –seguramente- acusarán de «competencia desleal» o de una u otra falacia por el estilo.

Sin embargo, como -en líneas generales- nuestros mercados hace tiempo que ya no son libres, sino que (en menor o superior grado) sufren la intervención de los gobiernos, lo más frecuente es que los monopolios que conocemos a nivel mundial no sean fruto del mercado, sino encuentren su origen en el estado-nación, o bien, siendo inicialmente privados, operen bajo la protección -de hecho o de derecho- del gobierno del que dependan. Este último tipo de monopolios –por lejos los dominantes a nivel planetario- afectan de manera muy regresiva la distribución de ingresos, entre otros efectos muy perniciosos:

«La distribución de ingresos en el mercado debe distinguirse claramente de las rentas obtenidas fruto del privilegio y la dádiva. Los mercados cautivos, las exenciones fiscales, los proteccionismos aduaneros y los monopolios artificiales constituyen herramientas devastadoras que inciden negativamente en los más necesitados».[1]

Como ya habrá advertido el lector, el autor citado denomina al último tipo de monopolios que venimos comentando, como «monopolios artificiales», y su característica principal -acorde también se señala en la cita- es que estos nacen y se sostienen en el tiempo como fruto del privilegio y la dádiva. Creo que será de gran interés subrayar que existe un nexo causal entre los «mercados cautivos, las exenciones fiscales, los proteccionismos aduaneros» y los monopolios artificiales, dado que se tratan de medios que implementados -separada o conjuntamente- conducen a la formación de esta última clase de monopolios.

Lo que debe destacarse, es que todos los mecanismos indicados (y no indicados en la cita) solamente pueden ser llevados a cabo por obra y «gracia» de un gobierno. Exclusivamente por vía de una imposición legal, que puede provenir de un decreto, una resolución, un fallo judicial o una ley formal del gobierno, es que podría adjudicarse un determinado mercado a un particular empresario, productor o comerciante. En ausencia de la fuerza o coacción legal ello sería absolutamente imposible. No hay manera alguna de limitar la competencia sino es a través de los mencionados instrumentos «legales» (en donde la palabra legal no es de ningún modo sinónimo de lo justo).

Lo mismo cabe decirse respecto de las exenciones fiscales. Dado que los gobiernos son los únicos que detentan el monopolio legal de cobrar impuestos, de idéntica manera son también estos los únicos que poseen la facultad de decidir quién los paga y quién no lo hará. Al eximir el cobro del tributo a un determinado productor, comerciante o empresario le está otorgando indebida ventaja por sobre sus competidores, privilegio que -si se extiende en el tiempo y, a su vez, hacia otros gravámenes- puede ayudar a contribuir grandemente a consolidar una situación monopolística a los eximidos de tributar. En este punto, resulta de interés detenerse en la curiosa actitud de muchas personas que justifican tanto la existencia de los impuestos como de las exenciones impositivas. Se trata de un monopolio raramente cuestionado por la ciudadanía, si bien la generalidad trata de eludir -como sea- ser alcanzada por los efectos del mismo.  El monopolio de la moneda es un caso análogo al fiscal:

«En algunas oportunidades se ha argumentado en favor de la presencia gubernamental en el campo monetario sobre la base de que el dinero es un bien público. Como es sabido, la moneda no encaja en la definición de bienes públicos en relación a la noexclusión y la no-rivalidad. El activo monetario de una persona queda excluido de otra y el servicio de liquidez que reporta una unidad monetaria a una persona no la puede consumir simultáneamente otra. También se ha sostenido que el monopolio gubernamental del dinero reduce costos de transacción, pero basarse en esta conclusión conduciría al establecimiento de monopolios artificiales en todas las áreas (que además sacarían partida de la economía de escala) lo cual no permitiría la elección al consumidor quien al asignar sus ingresos está evaluando la relación costo-beneficio de contar con opciones y marcas múltiples.»[2]

[1]Alberto Benegas Lynch (h) «Economía, libertad y globalización». Especial para la Fundación Adenauer. Pág. 13.

[2] Alberto Benegas Lynch (h) Entre albas y crepúsculos: peregrinaje en busca de conocimiento. Edición de Fundación Alberdi. Mendoza. Argentina. Marzo de 2001. Pág. 141-142.

 

Gabriel Boragina es Abogado. Master en Economía y Administración de Empresas de ESEADE.  Fue miembro titular del Departamento de Política Económica de ESEADE. Ex Secretario general de la ASEDE (Asociación de Egresados ESEADE) Autor de numerosos libros y colaborador en diversos medios del país y del extranjero.

Colectivismo y «bien común»:

Por Gabriel Boragina. Publicado el 7/2/15 en: http://www.accionhumana.com/2015/02/colectivismo-y-bien-comun.html

 

La regla que impera en una sociedad de bienes colectivos es precisamente esa misma: que los bienes son colectivos. Es decir, son «de todos». A esto, Garret Hardin lo llamó «La tragedia de los comunes» que se sintetiza en la fórmula por la cual «lo que es de todos no es de nadie». Entonces, «todos» están habilitados a tomar «su parte» de esos bienes colectivos. El problema consiste en que, al no haber propiedad privada, cualquier parte (o el todo) de esos bienes le «correspondería» a cualquiera. Y es aquí cuando empiezan las verdaderas dificultades. Fue la vigencia de la propiedad colectiva la que determinó que la sociedad tribal desapareciera (más que cualquier otra causa). Esto lo explica muy bien F. A. von Hayek. Y, necesariamente, los intentos por reflotar la propiedad colectiva tribal (pero ahora a gran escala) ocasionaron la caída de la URSS y sus países satélites. No es que la gente sea «intrínsecamente ladrona», sino que son las instituciones (en el caso, la propiedad colectiva) la que la vuelve ladrona. Aunque el ejemplo del ladrón se aplica -en rigor- a sociedades no colectivistas y no a las que lo son.
Efectivamente, en el colectivismo impera el derecho del primer ocupante, que en el caso de la URSS, sus países satélites, Cuba, Corea, etc., ese primer ocupante no es otro que el mismo estado o gobierno. En la sociedad tribal, ese lugar era el del Jefe o Cacique. Hoy lo es el estado-nación. Las «reglas» las impone el Jefe, Cacique, Presidente, Führer, Duce, César, etc.
Ahora bien, no hay que perder de vista que tanto el individualismo como el colectivismo son -en última instancia- un producto cultural, y que su «imposición» desde una cúpula de poder sería imposible si no existiera en esa sociedad un substrato cultural que la hiciera posible. En realidad, el procedimiento es el inverso, una vez dadas las condiciones culturales necesarias como para que uno u otro sistema se imponga, lo demás se da por añadidura.
Lo que produce pues que nuestra sociedad actual sea -en su mayor parte- colectivista es indispensablemente este factor, por encima de cualquier otro.
La aceptación irreflexiva de nociones etéreas y vacías de contenido, tales como «el bien o interés público» o «interés o bienestar general» y expresiones análogas, como opuestas al bien particular o individual, es la que ocasiona que la sociedad actual se haya volcado al colectivismo, en la convicción de que existiría un «conflicto irreconciliable» entre los intereses individuales y «los colectivos», sin percibir que resulta imposible la objetividad de cosa tal como «intereses colectivos» excepto que como la mera suma de los individuales, con lo que el supuesto «conflicto» no es más que una pura invención de quienes explotan tales creencias en su provecho personal, por ejemplo los políticos, cuyos discursos rebosan de apelaciones a favor del «bien público», el «interés general», «del pueblo», de «la gente», etc.
No hay, en este esquema, oposición alguna entre intereses individuales reales y un «interés colectivo» irreal por imposible existencia de este último.
Invocar la fórmula vaga del «bien común» no sirve de nada, en tanto y en cuanto no se precise qué se quiere significar con la misma, ya que es imprescindible que quien recurra a ella clarifique -para empezar- «común a qué grupo de referencia» sería el «bien» que se califica como «común». En efecto, «la sociedad» no es un todo homogéneo, monolítico y univoco. Ni siquiera se trata de un ente corpóreo, con el cual se pudiera conversar, escuchar o ver. Consiste, en última instancia, de una construcción mental, que cada uno de nosotros se representa de diferente manera, esencialmente por estas mismas razones.
Lo anterior implica que «la sociedad» o «comunidad» no es un único y exclusivo grupo, sino que -en rigor- se trata de un conjunto de subgrupos, que -a su vez- se dividen en conjuntos menores y así sucesivamente, hasta llegar al individuo, núcleo básico de lo que se llama «sociedad».
Ahora bien, de todo esto se deriva que el interés individual de una persona puede ocasionalmente oponerse al interés individual de otra persona, o de más de una persona, pero no infinitamente, sino hasta un pequeño número limitado de estas, pero nunca puede entrar en conflicto con un imprecisable «interés social» o «común» que no se define a priori, y que -en principio- abarcaría un número incalculable de personas, que, para el sujeto en cuestión, no sólo actualmente no conoce, sino que sería imposible conocer, geográfica y temporalmente.
Por análogas consideraciones, nadie puede «enfrentarse» a los «intereses» de «la patria», de «la nación», del «estado», del «pueblo», de «los negros», de «los judíos», de «los cristianos», de «los rusos», de «los americanos», etc. Nadie puede oponerse a «intereses colectivos», porque estos no existen, son imaginarios, habida cuenta que no pueden ser identificados, ni personalizados en seres de existencia física concreta.
En sentido inverso, los «representantes» de supuestos «intereses colectivos», autoproclamados defensores del «bien común», ejemplo típico de ellos los gobernantes, si pueden atacar a los intereses individuales, y de ordinario es lo que hacen. No sólo se enfrentan sino que, en la mayoría de los casos, dedican mucho empeño en desplazarlos, y -en última instancia- en destruirlos, en la medida en que desafíen al interés personal del poderoso.
La diferencia entre un gobernante y el resto de las personas fuera del gobierno, es el poder del primero y la indefensión de las últimas. A primera vista, podría decirse que en este supuesto, el interés particular del gobernante conseguiría contraponerse al «interés común» de los gobernados. Pero sería caer en la misma trampa que opera en el sentido contrario (que es en el que maniobran los ideólogos políticos que manipulan la «respetable» noción de «interés común»). No se trata más que de un caso en el que el interés particular del gobernante esta en contraposición a un determinado número de intereses individuales de quienes están en el llano, fuera del gobierno, es decir, excluidos de la posición de poder que el detentar el gobierno de un territorio otorga a quien lo esgrime.
Gabriel Boragina es Abogado. Master en Economía y Administración de Empresas de ESEADE.  Fue miembro titular del Departamento de Política Económica de ESEADE. Ex Secretario general de la ASEDE (Asociación de Egresados ESEADE) Autor de numerosos libros y colaborador en diversos medios del país y del extranjero.

Las ideas y las acciones

Por Armando P. Ribas. Publicado el 21/5/13 en http://www.libertadyprogresonline.org/2013/05/21/las-ideas-y-las-acciones/

Aunque parezca una pretensión intelectual, este mundo de las comunicaciones, yo diría que está varado. Las ideas a partir de las cuales fue creado este mundo que tomamos por dado, están cada vez más amenazadas, ante la aparente ignorancia universal respecto a los factores ideológicos que permitieron su existencia. Percibimos entonces la contradicción pertinaz entre las ideas que permitieron la libertad y su consecuencia la expansión de las comunicaciones, y las que trasmiten hoy esas comunicaciones. Son las ideas socializantes que prevalecen en el denominado mundo occidental, que permiten el acceso al poder político, y desde el poder se atenta contra las ideas que permitieron las comunicaciones.

Hoy me atrevería a decir que en ese mal denominado mundo occidental y cristiano vive la batalla entre Locke y Rousseau. Fue John Locke quien en el siglo XVII, propuso las ideas en que se basaron fundamentalmente la libertad y que fueran reconocidas por primera vez en la historia en la Glorious Revolution en Inglaterra en el año 1688. Esas ideas partieron del reconocimiento de la naturaleza humana y en virtud de ella la necesidad de limitar el poder político. “Los monarcas también son hombres” Y que conste que en ese pronunciamiento Locke se oponía al pensamiento del Leviatán de Thomas Hobbes; que era su antecesor británico.

Igualmente partiendo de esa misma concepción Locke determinó que el principio fundamental de la libertad era el derecho del hombre a la búsqueda de la propia felicidad. Insisto que ese es un concepto ético fundamental pues en el mismo se reconoce la razón de ser del comportamiento humano. Como bien dijera David Hume: “Si la naturaleza fuese pródiga y los hombres generosos, la justicia no tendría razón de ser, pues sería inútil” Consecuentemente se reconoce el derecho de propiedad como el origen de la creación de riqueza. Algo más tarde Adam Smith reconoce esta noción ética y dice: El individuo persiguiendo su propio interés, frecuentemente promueve el de la sociedad más efectivamente que cuando el realmente intenta promoverlo. Yo nunca he conocido mucho bien hecho por aquellos que pretenden actuar por el bien público.

Evidentemente Adam Smith se adelantó a los tiempos en esa observación, y así reconocería la razón de ser de la crisis europea actual. Fue a partir de esos conceptos puestos en práctica políticamente en el reconocimiento de los derechos individuales que se produjo la conocida Revolución Industrial. La misma se conoce pero asimismo me atrevo a decir que se ignora su razón de ser que fue ética y política, pues la economía no es más que la consecuencia. Estas ideas algo después cruzaron el Atlántico y no en el May Flower, sino con posterioridad a ese viaje, pues durante largo tiempo los pilgrims no se diferenciaron de los llegados en las carabelas con Colón.

Fueron los Founding Fathers los que aceptando las anteriores concepciones ético políticas, lograron promulgar la constitución de 1787 y seguidamente en 1791 la aprobación del Bill of Rights (Declaración de derechos) Y seguidamente en 1973 hicieron el mayor aporte a la libertad cuando el juez Marshall en el caso Marbury vs. Madison declaró: “Todos aquellos que han promulgado constituciones, las contemplan como la ley fundamental y suprema de la nación, y consecuentemente la teoría de todos esos gobiernos es que toda ley de la legislatura repugnante a la constitución es nula. Es enfáticamente la competencia y el deber del departamento judicial el decir cual es la ley”.

Ya Madison en la Carta 51 del Federalista, parafraseando a Hume dice: Si los hombres fueran ángeles no sería necesario el gobierno. Si los ángeles fueran a gobernar a los hombres, no serían necesarios controles internos o externos. Al organizar un gobierno que va a ser administrado por hombres sobre hombres la gran dificultad yace en esto. Primero se debe capacitar al gobierno para controlar a los gobernados y en segundo lugar obligarlo a controlarse a si mismo. “En esa concepciones se sustenta el Rule of Law que fuera denominado erróneamente por Marx como el sistema capitalista, que lo descalificara éticamente como la explotación del hombre por el hombre. Pero fue el mismo quien reconociera en e Manifiesto comunista que la burguesía en escasamente cien años de dominio había creado más riquezas y fuerzas productivas que todas las generaciones anteriores juntas. Fue a partir de ese proceso basado en tales principios, diría que ignorados en gran parte del mundo, se desarrolló la libertad y la creación de riqueza por primera vez en la historia.

Hoy el socialismo prevalece Bernstein mediante. Fue Edward Bernstein quien en 1899 escribiera Las Precondiciones del Socialismo y en contraposición a Lenín, discutió a Marx en el sentido que el socialismo se podía alcanzar democráticamente sin necesidad de revolución, pues no era verdad tampoco que los trabajadores eran cada vez más pobres. Por consiguiente el capitalismo sigue siendo hoy una mala palabra y estar a su favor significa estar a favor de los ricos y contra los pobres. Como bien dijera Aristóteles hace más de dos mil años: Los pobres siempre serán más que los ricos”. Por tanto vemos hoy la percepción de Nietzsche al respecto de que democracia y socialismo son lo mismo.

Pero el primer error de Bernstein en su análisis filosófico político es haber considerado al socialismo como una superación del liberalismo y así escribió en la obra citada: “El socialismo es el heredero legítimo del liberalismo  Y no hay un real pensamiento liberal, que no pertenezca a los elementos de las ideas del socialismo”. En esa aseveración comienza por desconocer que la base ética del liberalismo es opuesta al socialismo. En tanto que el liberalismo parte de la concepción de la naturaleza humana el socialismo pretende la supuesta creación de un hombre nuevo. Y esa confusión la manifiesta una vez más cuando se refiere al Contrato Social de Russeau como el origen de la entronización en la sociedad de los derechos del hombre proclamados por la Revolución Francesa.

Entonces crucemos el Canal de la Mancha y en el siglo XVIII surgió la figura de Jean Jacques Rousseau nacido en Suiza., quien en sus escritos fue le primero en pronunciarse contra la tesis política de Locke. Fue así que escribió que la propiedad privada era el origen de las desigualdades del hombre. Y en el discurso sobre las Ciencias y las Artes, por el que obtuviera el premio de la Academia de Dillon escribió: “Y nuestras almas han sido corrompidas en proporción a como nuestras ciencias y las artes han avanzado hacia la perfección… Hemos visto volar a la virtud tanto como luz de las artes y las ciencias subió sobre nuestro horizonte.” Más tarde en el Contrato Social escribió: “Cualquiera que se atreva a tomar la tarea de instituir una nación, se debe sentir el mismo capaz de cambiar la naturaleza humana.” A partir de ese concepto generó la concepción de la voluntad general que supuestamente tiende a la igualdad. De ahí se deriva el concepto de la soberanía que es indivisible e inalienable. Por esa razón  dice: “Que es contrario a la naturaleza del cuerpo político que la soberanía imponga sobre si misma una ley que ella no pueda infringir”.

En esa misma tendencia continúa diciendo: “Tal como la naturaleza le da a cada hombre poder absoluto sobre las partes de su cuerpo, el pacto social le da al cuerpo político poder absoluto sobe sus miembros, i es este mismo poder que bajo la dirección de la voluntad general tendrá el nombre de soberanía”.Consecuentemente concluye que: “Cuanto mejor está constituido el estado, mas los asuntos públicos  tienen precedencia sobre los negocios privados en la mente de los ciudadanos”. Y para finalizar Rousseau está en contra del comercio internacional.  En estos principios se sustentó la Revolución Francesa y el jacobinismo supuestamente representante de la diosa razón.

No me cabe la menor duda de que ese fue el inicio del totalitarismo, que como he dicho en otras ocasiones fue la racionalización del despotismo. Esos principios fueron avalados por  Enmanuel Kant, fundamentalmente en su “La Metafísica de la Moral” donde dice: “De esto surge la proposición de que el soberano de un estado solo tiene derechos en relación a sus súbditos y no deberes coercibles.  Más aun la constitución real no puede contener ningún artículo que pueda hacer posible para algún poder del estado resistir  o contener al supremo ejecutivo en casos en que violase las leyes constitucionales” Como podemos ver en estos presupuestos está la contradicción respecto a la libertad basada en los límites al poder político, tal como lo propuso inicialmente Locke y fue seguida por los Founding Fathers en Estados Unidos.

Pero la mayor contradicción entre Kant y Locke surge en el ámbito de la ética. Como se recordará Locke estableció que el derecho a la búsqueda de la felicidad era el principio de la libertad. Kant por el contrario sostiene que la búsqueda de la felicidad es deshonesta pues se hace por interés y no por deber. Por tanto basado en este principio considera igualmente que el comercio es deshonesto pues se hace por interés y no por deber. Por tanto en su “Idea para una Historia con un Propósito Cosmopolita”, después de sostener que la razón está en la historia, que por tanto podemos considerar el inicio del historicismo, dijo: “ El hombre desea la concordia, pero la naturaleza, conociendo mejor que es bueno para sus especies, desea la discordia”. O sea esta es la supuesta justificación ética de la guerra sobre el comercio.

Los anteriores principios fueron llevados a sus últimas consecuencias por Friederick Hegel  quien determino que el Estado era la divina idea tal como se manifestara sobre la tierra. Consecuentemente el individuo no tenía más razón de ser que su pertenencia al estado. Por ello igualmente concluía que la guerra era el momento ético de la sociedad. En esa concepción pues continuó el proceso del historicismo-la razón en la historia- y así esa razón la convirtió en lo que he denominado logo teismo. O sea que la historia era la razón de Dios. En ese proceso la dialéctica deja de ser un sistema de conocimiento platónico, para convertirse en el proceso de la historia a través de las contradicciones. Y por supuesto en esa cosmovisión el Estado juega un papel determinante y la burocracia le ética de la sociedad frente a la concupiscencia de las corporaciones.

Finalmente llega Kart Marx y la revolución proletaria a fin de cumplir con el mandato rouseauniano de eliminar la propiedad privada, como presupuesto ético del camino al comunismo donde el estado desaparecería. Marx consideraba a diferencia de Hegel que la burocracia no representaba la ética de la sociedad, y había de llegarse al nirvana de la  anarquía, a través de la dictadura del proletariado. O sea del marxismo es teóricamente anárquico y en la práctica dictatorial. A mi juicio tácticamente la dictadura del proletariado fue la justificación del estado absoluto en el supuesto del camino al comunismo, donde se pasaría de cada cual de acuerdo a sus habilidades a cada cual de acuerdo a sus necesidades. A los hechos me remito y la obviedad histórica de que la dictadura del proletariado sigue creando más necesidades, que no son posibles de satisfacer.

Visto lo que antecede no puedo creer que aun se considere que existe la civilización   occidental y se ignore que tal como escribiera Balint Bazsonyi, La filosofía política Franco-germánica y la Anglo-americana son tan diferentes como el día y la noche. La primera dio lugar al totalitarismo y la segunda a la libertad por primera vez en la historia. Creo en la evidencia de que de no haber sido por los Estados Unidos el llamado mundo occidental, incluido Latinoamérica seríamos nazis o comunistas. Lamentablemente hoy las ideas de la libertad son cuestionadas por la izquierda de la mano de la social democracia en Europa. Y el mundo sigue confundido en la concepción del imperialismo americano. Esperemos que tomemos conciencia de esta realidad histórico- política y encontremos el camino de la libertad para salir de la crisis del socialismo. Ya debiéramos saber que el socialismo democrático no resuelve los problemas sino que los crea y ahí tenemos la crisis europea que aparentemente no tiene salida dentro del sistema que la creó y el Rule of Law sigue ignorado ante la farsa de la crítica al capitalismo salvaje.

Armando P. Ribas, se graduó en Derecho en la Universidad de Santo Tomás de Villanueva, en La Habana. Obtuvo un master en Derecho Comparado en la Southern Methodist University en Dallas, Texas. Es abogado, profesor de Filosofía Política, periodista, escritor e investigador y fue profesor en ESEADE.